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El Chamizal es declarado como zona de restauración ecológica

El decreto fue publicado en el cual se veía la firma por AMLO la tarde de este viernes 27 de septiembre y entra en vigor el día de hoy sábado 28 de septiembre del 2024.

Se lee en el decreto:

El documento establece que El Chamizal con 327-72-81.95 hectáreas desde su reconocimiento como territorio mexicano, se concibió como un parque para la conservación y protección ecológica, y para el disfrute de los habitantes de la región.

Señala que es de importancia histórica, socioeconómica y cultural, toda vez que forma parte de la identidad de los juarenses, como un espacio de recreación y de contacto con el entorno natural, inmerso en la mancha urbana de más de un millón y medio de habitantes.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud las áreas verdes y los cuerpos de agua desempeñan un papel crucial en la mayoría de las áreas urbanas, ya que contrarrestan los efectos negativos de un crecimiento de las ciudades, rápido e insostenible, en beneficio de la salud y el bienestar de sus habitantes, por lo que El Chamizal, además de mantener las funciones biológicas del ecosistema, coadyuva a reducir el estrés y la depresión de la población humana, fomenta la convivencia social y motiva a los habitantes a ejercitarse, lo que mejora su estado de salud.

Establece que como parte de las acciones necesarias para regenerar, recuperar o restablecer el equilibrio ecológico, así como las condiciones naturales de la zona de restauración ecológica El Chamizal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de la oficina de representación correspondiente debe formular y ejecutar el programa de restauración ecológica, en coordinación con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, la Comisión Nacional Forestal, la Comisión Nacional del Agua y, en su caso, con las demás dependencias o entidades de la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Asimismo, debe contener las acciones necesarias para detener los procesos de degradación y desertificación para evitar que persistan daños al medio ambiente, a los ecosistemas, a los recursos naturales y a la biodiversidad, y se debe prestar especial atención a la salud humana de la población que ahí habita.

Señala que las personas propietarias o poseedoras de inmuebles o titulares de otros derechos sobre tierras y aguas, que se encuentren en la zona de restauración ecológica están obligados a conservar el área y permitir la ejecución de las acciones de restauración previstas en el presente decreto, en las normas oficiales mexicanas, y en las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

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